Según lo publicado en el reglamento de la UE 2021/425, se establece que, a partir del 11 de marzo de 2021, quedan suspendidos temporalmente y durante un periodo de cuarto meses, la aplicación del reglamento 2020/1646 de la UE y de fecha 10/11/2020, por el que se imponían derechos de aduana adicionales a ciertos productos originarios de EE. UU.
Esta suspensión de derechos adicionales es temporal y se podrán volver a aplicar a partir de 11 de julio de 2021, en caso de que las negociones entre los EE. UU. y la UE no lleguen a un acuerdo para resolver sus diferencias sobre las subvenciones otorgadas por parte del Gobierno de Estados Unidos al fabricante de aeronaves Boeing.
Los productos agrícolas e industriales de EE. UU. que dejarán de tener derechos adicionales están incluidos en los Anexos I y II del Reglamento 2020/1646 y destacan las siguientes mercancías:
- Aeronaves
- Peces ornamentales
- Salmones
- Boniatos
- Frutos, como cacahuetes, dátiles, pomelos o arándanos
- Quesos, como el Cheddar
- Trigo
- Melaza de caña
- Productos del cacao
- Preparaciones para sopas
- Bebidas alcohólicas, como ron o vodka
- Tabaco
- Determinados aceites esenciales y aceites vegetales
- Determinados artículos de la industria del plástico (como PVC u hojas de polietileno)
- Maletas, bolsos y artículos similares
- Algodón cardado o peinado
- Palas cargadoras
- Cuadros de bicicletas
- Tractores
- Videojuegos
- Artículos para gimnasia o atletismo
Es importante destacar que los derechos adicionales aplicables a las importaciones de mercancías originarias de los EE. UU establecidos en los Reglamentos 2018/724 y 2020/502 siguen en vigor.