La Unión Europea (UE) ha establecido una serie de regulaciones para controlar la importación, exportación y uso de mercurio y sus compuestos debido a su toxicidad y su impacto ambiental.
El Reglamento (UE) 2017/852 prohíbe la exportación, la importación y la fabricación en la Unión de los productos con mercurio añadido que figuran en el anexo II de dicho Reglamento a partir de las fechas indicadas en dicho anexo, excepto los productos que sean esenciales para usos militares y de protección civil y los destinados a la investigación, la calibración de instrumentos o a ser utilizados como patrón de referencia.
Además, el Reglamento (CE) nº 1907/2006, más conocido como REACH, establece que no se podrán comercializar ni usar en la Unión Europea (UE), como sustancias o en mezclas, los compuestos de mercurio destinados a ciertos usos específicos.
El Reglamento (UE) nº 847/2012 prohíbe la comercialización en la UE de dispositivos de medida que contengan mercurio, destinados a usos industriales y profesionales.
El Reglamento (CE) nº 649/2012 relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos establece un procedimiento de notificación de exportación y reglas para la aplicación en la Unión Europea del procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (Prior Informed Consent, PIC) del Convenio de Rotterdam del PNUMA.
Es importante destacar que estas regulaciones son parte de los esfuerzos de la UE para reducir la circulación de mercurio y limitar su impacto en el medio ambiente y la salud humana.
No dude en contactar con SILMAR FREIGHT, para ampliar información y asesoramiento.